Regularización Extraordinaria 2026 en España
Según el BOE de 15 de abril de 2026, la regularización extraordinaria 2026 fue un proceso que permitió a ~500.000 personas solicitar residencia legal con solo 5 meses de residencia continua en España. El plazo de solicitud fue del 16 de abril al 30 de junio de 2026 en Mercurio (y presencial desde el 20 de abril) y ya cerró, sin prórroga: ya no se admiten nuevas solicitudes por esta vía.Datos del Ministerio del Interior (Secretaría de Estado de Migraciones): ~500.000 personas elegibles.
Requisitos (Real Decreto BOE 15 abril 2026)
¿Qué es la Regularización Extraordinaria 2026?
La regularización extraordinaria 2026 es un proceso especial y puntual —diferente al arraigo social ordinario— que el Gobierno de España aprobó mediante Real Decreto (BOE 15 de abril de 2026), que permite a personas extranjeras en situación irregular obtener un permiso de residencia y trabajo. Beneficia a unas 500.000 personas.
A diferencia del arraigo social (que requiere 3 años de residencia), esta regularización extraordinaria exigía solo 5 meses de residencia continua en España antes del 31 de diciembre de 2025. Fue un proceso con plazo de solicitud limitado: el plazo cerró el 30 de junio de 2026, sin prórroga.
El Real Decreto se publicó en el BOE el 15 de abril de 2026. El plazo de solicitud fue del 16 de abril al 30 de junio de 2026 en Mercurio (online) y desde el 20 de abril en vía presencial (Correos, Seguridad Social y Extranjería). Ya no se admiten nuevas solicitudes por esta vía.
✅ Información actualizada: Esta página refleja los requisitos definitivos del Real Decreto publicado en el BOE el 15 de abril de 2026. Última actualización: 15 de abril de 2026.
Requisitos Definitivos
1. Residencia en España antes del 31/12/2025
Debes demostrar que llevas al menos 5 meses de residencia continua en España hasta la fecha de solicitud, habiendo llegado antes del 31 de diciembre de 2025. Se acredita principalmente con el certificado de empadronamiento histórico, pero también valen facturas, contratos de alquiler, informes médicos, extractos bancarios u otros documentos.
2. Sin contrato de trabajo obligatorio
No se requiere contrato de trabajo. El Real Decreto elimina este requisito respecto a criterios previos. Solo necesitas demostrar tu presencia en España y carecer de antecedentes penales graves. Con la admisión a trámite ya puedes empezar a trabajar legalmente.
3. Carecer de antecedentes penales graves
Necesitas certificado de antecedentes penales de tu país de origen (apostillado si es de fuera de la UE) y también certificado de antecedentes penales de España (gratuito, obtenible en 24h online). No debes tener delitos contra personas, tráfico de drogas u otros delitos graves.
4. Pasaporte o documento de identidad (vigente o vencido)
Se acepta pasaporte caducado. Si tienes pasaporte vencido, no necesitas renovarlo antes de presentar la solicitud. Es una de las novedades más relevantes del texto final.
Documentación Necesaria
⚠️ Importante: Los antecedentes penales del país de origen deben estar apostillados con la Apostilla de La Haya, y pueden tardar semanas en emitirse. El plazo de solicitud de la regularización cerró el 30 de junio de 2026 y no hubo prórroga.
Proceso Paso a Paso (referencia histórica)
Así era el proceso durante el plazo de solicitud (16 de abril – 30 de junio de 2026). El plazo ya cerró, sin prórroga; se conserva como referencia.
Reunir la documentación
Se solicitaba el empadronamiento histórico en el ayuntamiento, los antecedentes penales de España (gratis online) y los del país de origen (apostillados), junto con facturas, contratos de alquiler u otros documentos que acreditaban la presencia en España.
Verifica que cumples los requisitos
Confirma que llevas al menos 5 meses en España antes del 31/12/2025, que no tienes antecedentes penales graves y que tienes pasaporte o documento de identidad. CitaEx ofrece verificación gratuita de elegibilidad.
Obtener certificado digital o Cl@ve PIN
Para solicitar online en Mercurio se necesitaba certificado digital FNMT o Cl@ve PIN. Quienes no lo tenían debían presentar la solicitud en persona (Correos o Seguridad Social). El certificado digital te sigue siendo útil para arraigo, huellas, TIE y consultar tu expediente.
Presentar en Mercurio o en persona (durante el plazo)
Online: se accedía a Mercurio (sede.administracionespublicas.gob.es/mercurio) con el certificado digital, se seleccionaba "Regularización 2026", se completaba el formulario y se adjuntaban los documentos. Presencial: había que pedir cita previa en Correos, Seguridad Social o Extranjería. El plazo de solicitud cerró el 30 de junio de 2026, sin prórroga.
Guarda tu resguardo de presentación
Al enviar la solicitud recibirás un resguardo de presentación. Este documento acredita que solicitaste dentro de plazo y te permite trabajar mientras esperas resolución (la admisión a trámite se resuelve en máximo 15 días).
Resolución y solicitud del TIE
El Ministerio se compromete a resolver en 3 meses. Con resolución favorable, tendrás 30 días para solicitar la toma de huellas y obtener tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) de 1 año renovable.
Diferencias con el Arraigo Social
| Aspecto | Regularización 2026 | Arraigo Social |
|---|---|---|
| Residencia mínima | 5 meses continuos | 3 años |
| Tipo de proceso | Extraordinario (puntual) | Ordinario (permanente) |
| Plazo de solicitud | Hasta 30/06/2026 | Sin límite |
| Beneficiarios estimados | ~500.000 personas | Variable (individual) |
| Integración social | Requisitos más flexibles | Informe del ayuntamiento obligatorio |
| Estado actual | Plazo de solicitud cerrado (30/06/2026) | Vía ordinaria activa todo el año |
Si no cumples los requisitos de la regularización extraordinaria, el arraigo social sigue siendo una vía válida y permanente para obtener la residencia.
Preguntas Frecuentes sobre la Regularización 2026
¿Qué es la regularización extraordinaria 2026 en España?
Es un proceso especial aprobado por Real Decreto y publicado en el BOE el 15 de abril de 2026, que permite a personas extranjeras en situación irregular obtener un permiso de residencia y trabajo de 1 año renovable. Beneficia a unas 500.000 personas que llevan al menos 5 meses viviendo continuamente en España antes del 31 de diciembre de 2025. El plazo de solicitud cerró el 30 de junio de 2026; ya no se admiten nuevas solicitudes.
¿Cuánto tiempo de residencia se necesita para la regularización extraordinaria 2026?
El requisito es haber residido en España de forma continua al menos 5 meses antes de la fecha de solicitud, habiendo llegado antes del 31 de diciembre de 2025. Los solicitantes de asilo que pidieron protección antes del 31/12/2025 están exentos del requisito de los 5 meses. La residencia se acredita con empadronamiento histórico, contratos de alquiler, facturas, informes médicos, extractos bancarios u otros documentos.
¿Cuál es el plazo para solicitar la regularización extraordinaria 2026?
El plazo de solicitud cerró el 30 de junio de 2026, improrrogable (fue 16 abril – 30 junio de 2026 en Mercurio online y en vía presencial). Ya no se admiten nuevas solicitudes por esta vía.
¿Qué documentos necesito para la regularización extraordinaria 2026?
Los documentos necesarios son: pasaporte o documento de identidad (se acepta pasaporte vencido), certificado de empadronamiento histórico o documentos alternativos que acrediten 5+ meses en España (facturas, contratos alquiler, informes médicos, extractos bancarios), certificado de antecedentes penales de España (gratis, en 24h online), certificado de antecedentes del país de origen (apostillado), y certificado digital FNMT o Cl@ve PIN para la solicitud online. No se requiere contrato de trabajo.
¿En qué se diferencia la regularización extraordinaria del arraigo social?
Las principales diferencias son: la regularización extraordinaria requiere solo 5 meses de residencia (vs. 3 años del arraigo social), no requiere contrato de trabajo, tiene un plazo concreto de solicitud (cerrado el 30 de junio de 2026), es un proceso puntual y no permanente, y los solicitantes de asilo tienen una vía específica (DT5) exenta del requisito de meses. El arraigo social seguirá vigente como vía ordinaria después de esta regularización.
Tras el cierre del plazo
El plazo de solicitud cerró el 30 de junio de 2026, sin prórroga. Si ya presentaste tu solicitud, gestionamos tu cita de huellas; si no, te orientamos sobre el arraigo y el asilo. Consulta gratuita.
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Información basada en el Real Decreto publicado en el BOE el 15 de abril de 2026. CitaEx no es un despacho de abogados. La apertura online y presencial se confirmará oficialmente tras publicación en BOE.
